Una propuesta de Manual de Convivencia para Ceias. (Revisar y proponer).
He aquí la propuesta que estamos haciendo de un manual de convivencia para el Liceo. Documento que se solicita revisar, discutir y proponer modificaciones, adiciones o exclusiones.
CORPORACIÓN MUNICIPAL SAN FERNANDO EDUCACIÓN – MENORES – SALUD
LICEO HERIBERTO SOTO SOTO
CENTRO DE EDUCACIÓN INTEGRADA PARA ADULTOS
SAN FERNANDO
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
INTRODUCCIÓN:
El Liceo Heriberto Soto Soto es un Centro de Educación Integrada para Adultos, está ubicado en Guadalupe Nº 1287, teléfonos 583388 – 583386 –583387 de San Fernando y es una institución que imparte programas de alfabetización, educación básica y educación media de adultos humanístico científica y técnico profesional.
El Liceo Heriberto Soto, fue creado mediante Resolución Ministerial Nº 1870 del 23 de Octubre de 1987 y actualmente se propone como misión el posibilitar la recuperación de estudios básicos y medios a los jóvenes y adultos, a través de una experiencia escolar de calidad, conducente a la Licencia de Educación Básica o de Educación Media respectivamente. Junto a ello, proporcionar una experiencia educativa relevante tanto para la formación de la persona y del ciudadano, como para la prosecución de estudios superiores y el desempeño en el ámbito laboral. Asimismo el Liceo posibilita la obtención de certificaciones equivalentes al título de Técnico de Nivel Medio en las Especialidades de Servicios de Alimentación Colectiva e Instalaciones Sanitarias y formación en oficios de Ayudante de Cocina, Soldador(a) y Peluquera(o), para los niveles de Educación Básica.
Para ello se plantea un conjunto de acciones que a partir del acceso libre y voluntario del alumno, se realiza intencionadamente para dirigir su formación académica y personal, hacia el ideario de alumno y la filosofía de la institución.
Con fecha 30 de abril de 2009, el consejo de profesores y personal del Liceo sanciona el siguiente texto que informa acerca de la organización y funcionamiento de la Unidad Educativa y de la forma o procdimientos para resolver las situaciones de convivencia que se prsentan. A su vez el día 11 de mayo, el consejo de delegados de curso revisan y aprueban las siguientes disposiciones y normas para su aplicación y ejecución.
FUNDAMENTACIÓN:
El Manual de Convivencia se entiende como un conjunto de normas consensuadas por alumnos y funcionarios del establecimiento que ordenan la estructura, funcionamiento y vinculaciones de los distintos estamentos, los deberes y derechos de sus integrantes y las formas en que se resuelven los conflictos. La función del manual de convivencia es ser un marco orientador que unifique sentidos y dirección de las acciones del Liceo y sus integrantes en la educación de la convivencia. Este Manual también entrega orientaciones para las acciones que se emprendan en el liceo para el mejoramiento de la calidad de la convivencia escolar.
El presente manual fue confeccionado en forma concordante con los principios, valores, criterios y finalidades que inspiran y conducen nuestra acción educativa y para su formulación se han considerado los criterios de participación, flexibilidad, coherencia, carácter formativo, objetividad, pertinencia y funcionalidad, teniendo presente además los siguientes cuerpos legales:
a) Constitución Política de la República de Chile 1980, Artículo 1º, 4º y 19º.
b) Ley Ley General de Educación 2009.
c) Estatuto Docente. Ley Nº 19.070 de 1991. Artículos 1º, 6º al 9º, 13º al 18º, 21º, 22º, 34º, 41º, 56º.
d) Reglamento del Estatuto Docente, Decreto Nº 453 de 1991. Artículos 1º al 7º, 15º al 20º, 125º al 127º y 159º.
e) Código del Trabajo. Ley Nº 18.620 de 1987. Artículos 149º, 150º, 152º y 153º.
f) Reglamento Interno de la Corporación Municipal San Fernando, Educación – Salud – Menores.
g) Decreto 584 sobre Centros de Alumnos y normas especiales sobre deberes y derechos de los alumnos.
OBJETIVO DEL ESTE MANUAL:
Ordenar el funcionamiento de la unidad educativa, establecer los deberes y derechos de sus integrantes y entregar orientaciones para resolver situaciones que alteren la convivencia en el Liceo Heriberto Soto.
Además se pretende:
Fortalecer el sentido de comunidad de aprendizaje en nuestro establecimiento.
Promover una convivencia entre los integrantes de la unidad educativa como sujetos de derechos.
Contribuir a la No Discriminación y el buen trato.
Visibilizar espacios y tiempos, formales y no formales del Liceo, para el desarrollo de las habilidades, actitudes y contenidos transversales del currículum escolar.
Ordenar la estructura, funciones e interrelaciones de los distintos estamentos con el propósito de que sean conocidos, aceptados y aprobados como normas de convivencia.
Crear conciencia y cautelar los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa, promoviendo su desarrollo personal y social.
Crear condiciones para un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, favoreciendo el desarrollo del proyecto educativo.
TITULO I: LA ORGANIZACIÓN EN EL LICEO.
Art. 1.- La estructura jerárquica definida en el establecimiento, será la indicada en el siguiente organigrama de cargos y funciones.
ORGANISMOS ASESORES
A) CONSEJO ESCOLAR.
B) CENTRO DE ALUMNOS
C) CONSEJO DIRECTORES
D) COMISION DUAL
E) INSTITUCIONES DE LA COMUNIDAD.
F) EMPRESAS
LICEO HERIBERTO SOTO - ORGANIGRAMA DE CARGOS Y FUNCIONES.
DIRECCION:
Director: Alejandro Fabres Urzúa
Funciones: Administrar recursos humanos y materiales del establecimiento, relaciones con la comunidad y autoridades. Planificar, supervisar y evaluar todas las actividades del Liceo.
UNIDAD INSPECTORÍA GENERAL
Inspector General: Omar Benavides Toledo
Funciones: Coordinar el funcionamiento del Liceo, organización y mantenimiento de la infraestructura, cumplimiento de horarios y responsabilidades administrativas del personal y alumnos.
Asistentes de Educación: María Eugenia Jofré,
Jorge Díaz, Mauricio Saavedra, Mónica Vargas.
Funciones: Supervisar el cumplimiento de horarios, disciplina, presentación personal, manejo de libros, documentación y matrícula.
Auxiliares de Servicios: Luis Alvarez, Fresia Nilo, Manuel Lobos. Funciones: Aseo y mantención de infraestructura, reparaciones, trámites y servicios menores.
UNIDAD TECNICO PEDAGÓGICA
Jefe Técnico: Ernesto Márquez Rivera.
Funciones: Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividaddes de enseñanza - aprendizaje.
Departamento Psicosocial: Profesora a Cargo: Paula Gaete, Orientador: Manuel Quezada, Psicóloga: Alejandra Reveco, Trabajadora Social: Daniela Loyola.
Funciones: Desarrollar programas de asistencialidad para los alumnos, becas, alimentación, PSU, orientación vocacional y laboral, proyecto de vida y prevención.
Proyecto Integración. Especialistas: Fonoaudióloga: Sandra Mondragón, Lenguaje: Olga Muñoz Gómez, Trastorno Mental: Gladys Nilo, Trastotno de la Visión: Fernanda Vilchez
Funciones: Apoyo específico a alumnos integrados.
Unidad de Producción:
Profesora a cargo: Sra. Carola Gaete Rengifo
Funciones: Coordinar actividades productivas en los talleres, gestionar insumos y materiales mediante la venta de productos y servicios.
ASISTENTES DE EDUCACION
AUXILIARES DE SERVICIOS
BIBLIOTECA Y CENTRO RECURSOS DE APRENDIZAJE
Encargada Sra. Mirella Romo
Funciones: Facilitar textos, materiales, implementos y recursos educativos.
SALA ENLACES: Encargada Sra. Miriam Becerra.
Funciones: Coordinar trabajo en sala computación.
SECRETARÍA:
Srta: María Angélica Roa
Funciones: Atención de personas, teléfono, elaboración de certificados, manejo de correspondencia.
FOTOCOPIADORA: Encargada Sra. Mónica Mora.
Funciones: Administrar servicio de fotocopiadora.
CURSOS Y NIVELES.
SEGUNDO Y TERCER NIVEL EDUCACIÓN BASICA ADULTOS CON FORMACIÓN EN OFICIOS DE PELUQUERÍA Y SOLDADURA
PRIMER Y SEGUNDO NIVEL EDUCACIÓN MEDIA HUMANISTICO CIENTÍFICA DE ADULTOS.
TERCER Y CUARTO AÑO EDUCACIÓN MEDIA TECNICO PROFESIONAL DE JÓVENES MODALIDAD DUAL ESPECIALIDAD SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN COLECTIVA
PRIMER Y SEGUNDO NIVEL EDUCACIÓN MEDIA TECNICO PROFESIONAL DE ADULTOS, ESPECIALIDAD SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN E INSTALACIONES SANITARIAS.
EQUIPO DOCENTE
Lenguaje: Sonia Parada, María Teresa Ferrada
Inglés: Fernando Barrios, Oscar Salinas, Adelaida Delgado.
Estudios Sociales: Magdalena Vicente, Valentín Aguilar, Carlos Agurto.
Educación Matemática: Juan Puebla, Rubén Vidal, Paula Gaete.
Ciencias Naturales: Miriam Becerra, Abraham Pinto.
Formación Tecnico Profesional, Diferenciada e Instrumental: Rina Rengifo, Mario Acuña, Erwin Contreras, Nancy Cea, Luis Maturana, Carola Gaete.
Educación Básica y Formación en Oficios: Ricardo Fuentes, María Fernandez, Sara Calderón, Ximena Silva, Guillermo Valderrama.
COORDINACIÓN EXÁMENES LIBRES: Encargada Sra. Carmen Galvez Piñeda,
Atención Lunes, Miércoles, Jueves y Viernes de 10,00 a 13,00 hrs., y de 14,30 a 17,30.
SERVICIO DE ALIMENTACIÓN JUNAEB: Encargada Sra. Paula Gaete. Disciplina: Jorge Díaz, Cocina: Sra. María Angelica Azócar, Empresa: COHAN Chile.
ALUMNOS.
Función: Educarse en los diferentes cursos, niveles y programas:
Educación Básica Adultos.
Educación Media Humanistico Científica Adultos.
Educación Media Técnico Profesional de Adultos
Educación Media Técnico Profesional de Jóvenes, Modalidad Dual.
Especialidades: Instalaciones Sanitarias y Servicios de alimentación colectiva.
Art. 2.- Existen en el Liceo instancias formales y técnicas para expresar la opinión profesional de los integrantes de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que se transforman en organismos consultivos o resolutivos para enfrentar problemáticas de convivencia que presenten los alumnos y funcionarios. Estos organismos son Consejo de Coordinación, Consejo General de Profesores y Personal del Establecimiento, Consejo de Profesores de Curso, Consejo de Profesores de Asignatura y Profesores Jefes y Consejo de delegados de curso. Estos organismos conocerán peticiones, quejas, reclamos o denuncias que afecten a alumnos o funcionarios y propondrán o resolverán sanciones según sea el caso.
Art. 3.- Los Consejo estarán integrados por Profesores, Personal o Alumnos de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y sesionarán en forma periódica o extraordinaria. Sus funciones son diagnosticar, analizar y evaluar situaciones que afectan a sus integrantes y proponer soluciones de acuerdo con la normativa y sus competencias.
Art. 4.- Los alumnos se organizarán al interior de sus cursos y participarán en la conformación del Centro de Alumnos del establecimiento cuya estructuración y funcionamiento está reglamentada por decreto 524 de 20/04/1990. En este organismo podrán manifestar y acordar situaciones de orden general que serán comunicadas por sus dirigentes a los organismos pertinentes.
TITULO II MARCO CONCEPTUAL.
Art. 5.- El alumno adulto es el actor principal del proceso educativo, está consciente que necesita educarse y accede al establecimiento en forma libre e interesada, asumiendo las responsabilidades que ello implica.
Art. 6.- La Educación de Adultos es un proceso de socialización del alumno que le permite dominar los conocimientos y habilidades requeridas por la sociedad y asumir conscientemente su identidad y sus roles en un mundo que cambia constantemente.
Art. 7.- La Calidad de la Educación de Adultos se entiede como un proceso que cumple con los requisitos de pertinencia, relevancia, eficacia y eficiencia. Relevancia en cuanto a que los alumnos obtienen aprendizajes significativos para su vida laboral, social y familiar. Pertinencia en tanto el proceso responde a las necesidades de los alumnos y tiene por base sus intereses personales, familiares y laborales. Eficacia en la medida que se cumplen los objetivos planteados en el proyecto educativo y los resultados del proceso alcanzan los niveles previstos en la planificación anual de acuerdo al diagnóstico de la realidad educativa. Eficiencia en la medida que existe un aprovechamiento integral del tiempo de permanencia del alumno en el Liceo y de los recursos que el liceo dispone para cumplir sus objetivos.
Art. 8.- La enseñanza es la actividad de provocar el aprendizaje y permitir la acción de los alumnos aprendices para descubrir y construir sus propios conocimientos.
Art. 9.- El aprendizaje es el fruto de un proceso de descubrimiento y construcción del conocimiento que va más allá de la repetición de contenidos y se demuestra en la posibilidad de crear nuevos conocimientos a partir de la aplicación del saber en situaciones distintas a aquellas en que se aprende. Aprender es un proceso de incorporación de contenidos, actitudes y valores en el alumno, inducidos por el profesor y que se reflejan en cambios de conducta necesarios para la vida laboral.
Art. 10.- La convivencia escolar es el reflejo del conjunto de interacciones que viven a diario todos los miembros del liceo y es responsabilidad de todas y todos los integrantes de la unidad educativa, a partir del rol y función que cumple en ella.
Art. 11.- Los aprendizajes, habilidades, actitudes, comportamientos y valores que se desean desarrollar en cada estudiante y funcionario del establecimiento son:
· La protección y ciudado del clima y convivenca escolar.
· La reflexión sobre las actitudes y el perjucio que los actos de uno ocasionan a los demás.
· Las relaciones en la organización del liceo se desarrollan con libertad y responsabilidad.
· Las relaciones entre personas se deben dar con igual dignidad.
· La necesidad de que exista una estructura jerárquica en el Liceo, el respeto y uso adecuado del poder.
· El respeto a la jerarquía es una función ordenadora y facilita las acciones remediales.
· Las relaciones de cooperación , respeto, participación y solidaridad no se contraponen a la necesaria jerarquía escolar.
· La comunidad educativa debe estar dispuesta a construir y reconstruir pedagógicamente su estilo de convivencia.
· Los profesores y funcionarios deben ser modelos para orientar la convivencia escolar.
· Sólo participando de una convivencia escolar democrática los actores educativos desarrollarán competencias para ser ciudadanos participativos en una sociedad diversificada, plural, democrática y tolerante.
TITULO III. NORMATIVA Y PROCEDIMIENTOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN EL ESTABLECIMIENTO.
Art. 12.- Para prevenir los conflictos que surgen en la convivencia diaria al interior del liceo se deben tener presente los siguientes principios.
-Los funcionarios y alumnos deben estar atentos a conductas que no son habituales, identificando actitudes y previniendo aquellas que afectan la convivencia escolar.
-El Liceo debe propiciar habilidades de mediación y resolución de conflictos, supervisando a los alumnos y funcionarios, fomentando la tolerancia
-Es importante que los estudiantes y funcionarios aprendan a respetar las diferencias sociales, físicas y étnicas en cada actividad que realicen.
- Los problemas o conflictos se enfrentan, conversando e involucrando a los actores en las posibles soluciones.
- Existen normas implícitas de respeto y sana convivencia como, por ejemplo: evitar sobrenombres, burlas que ridiculicen a otro, sancionar el trato con garabatos, escuchar la opinión de otros, aunque no se comparta, etc.
-Los adultos, funcionarios y alumnos deben dar el ejemplo comportándose de forma adecuada y evitando la violencia, malos tratos, agresiones, etc.
-Los profesores y funcionarios deben mostrarse cercanos, comprometidos, para que los estudiantes involucrados en un hecho que altere la convivencia puedan contar con ellos.
-Estimular y reforzar las actitudes positivas que tienen alumnos y funcionarios para favorecer la autoestima de ambos.
Art. 13.- Si a pesar de las medidas preventivas surgieren conflictos en el establecimiento, estos se resolveran siguiendo los procedimientos señalados a continuación.
Abordar los conflictos directamente con la persona con quien se presenta, procurando que se expongan los planteamientos; aceptando el reconociendo del problema; y la disposición a cambiar.
En toda situación es siempre mejor ceder a resistirse firmemente. Una discordancia tiene solución aceptable cuando se está dispuesto a conversar sobre desacuerdos y a fortalecer relaciones.
Existen ocasiones en que es necesaria la participación de un mediador, inspector, profesor, jefe u otra persona a quien se da autoridad para resolver el conflicto y se acepta su decisión. El mediador necesita tener presente que la solución a los conflictos debe ser aceptada o sugerida por las personas involucradas en el conflicto. Los mediadores deben: entender la perspectiva de cada participante, mostrar interés de que los participantes resuelvan el conflicto, aplicar reglas para mejorar la comunicación, preparar a los participantes para que interactúen de manera eficaz, nivelar el poder y ayudar a mejorar la interacción futura.
Las palabras hirientes pueden hacer mucho daño por tanto debe evitarse intercambiar comentarios cínicos, insultos, garabatos o amenazas, aumentar la controversia o formar parte de ella.
Los participantes en un conflicto deben procurar la comprensión de la perspectiva del otro y; después de que las dificultades se arreglen, encontrarán que sus relaciones interpersonales han sido mejoradas.
TITULO IV: DE LAS FALTAS Y SANCIONES.
Art. 14.- Las acusaciones, reclamos, denuncias serán formuladas por escrito. Las personas aludidas tendrán la posibilidad de formular sus descargos también por escrito.
Art. 15.- Las faltas, serán calificadas como leves, moderadas y graves:
Leves: Aquellas que signifiquen descuido en sus deberes o que lesionen el normal funcionamiento de la Unidad Educativa.
Moderadas: Aquellas que signifiquen desatención a sus deberes o menoscabo mayor hacia sus integrantes o hacia el proceso educativo.
Graves: Incumplimiento reiterado en sus deberes o aquellas que atenten contra la integridad física y moral de sus miembros, el prestigio del establecimiento y/o grave daño al proceso educativo.
Art. 15.- La gravedad de la falta será calificada a criterio por los estamentos correspondientes, Consejo de Coordinación, Consejo de Profesores, Inspectoría General, Profesor de Asignatura o Profesor Jefe, Centro de Alumnos, Consejo de Delegados, etc., según la naturaleza del hecho y la dependencia jerárquica establecida en el organigrama del Liceo Heriberto Soto Soto.
Art. 16.- Las faltas leves serán sancionadas con amonestación verbal y por escrito; mediante constancia del hecho en la hoja de vida escolar del alumno u hoja de vida de los funcionarios.
Art. 17.- a) Las faltas calificadas como moderadas, serán sancionadas con amonestación verbal o por escrito en la hoja de vida del alumno o funcionario. Se citará al apoderado cuando corresponda y el alumno deberá participar en un proceso de orientación y atención psicológica determinado por el departamento psicosocial. Suspensión de clases por tres días. Condicionalidad de matrícula. Descuento de remuneraciones.
Art. 17.- b) Las faltas calificadas como graves serán sancionadas con amonestación por escrito en la hoja de vida, información del hecho al apoderado o la corporación cuando corresponda, suspensión de actividades por un periodo determinado, recibir atención de orientación, psicológica o social, de acuerdo a la naturaleza del hecho.
Art 17.- c) Las faltas calificadas como muy graves serán sancionadas con cancelación de la matrícula o disposición del funcionario a la Corporación Municipal para su alejamiento de la unidad educativa.
TITULO VI: DISPOSICIONES GENERALES
Art. 18.- Será obligación de alumnos y personal del establecimiento, conocer y respetar las normas incluidas en este manual.
Art. 19.- El presente manual podrá ser modificado con acuerdo de las organizaciones de alumnos y funcionarios, en forma anual, si la experiencia lo hiciere necesario.
Art. 20- Cualquier situación no contemplada en este manual será resuelta por el equipo de gestión con la participación de al menos un representante de Profesores, asistentes de educación, auxiliares, y alumnos.
Art. 21.- Las situaciones que sobrepasen los alcances de este Manual serán resueltas conforme la normativa indicada en la Fundamentación, de acuerdo a la naturaleza del hecho y las funciones del personal.
martes, 14 de abril de 2009
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